Abogado de familia y sucesiones en Villa Carlos Paz
Acompañamos procesos que son, antes que jurídicos, personales. Con claridad sobre lo que se puede esperar y sin alargar conflictos innecesarios.
Consultanos por WhatsApp¿Cuándo conviene consultar?
Si estás en alguna de estas situaciones, es momento de hablar con un abogado.
- Querés divorciarte y no sabés cómo se reparten los bienes ni cómo empezar
- Necesitás fijar, cobrar o modificar una cuota alimentaria
- Hay desacuerdo sobre el cuidado de los hijos o el régimen de comunicación
- Falleció un familiar y hay que iniciar la sucesión para poder disponer de los bienes
- Convivís en pareja y querés ordenar la situación patrimonial
- Tenés que reclamar tu parte en una herencia o revisar un testamento
Un acuerdo bien hecho evita años de juicio. Cuando no hay acuerdo posible, lo que define el resultado es llegar bien representado desde el principio.
En qué te podemos ayudar
- Divorcio unilateral o de común acuerdo
- Convenio regulador: bienes, alimentos y cuidado de los hijos
- Cuota alimentaria: fijación, aumento, reducción y ejecución
- Cuidado personal de los hijos y régimen de comunicación
- División de bienes de la comunidad conyugal
- Uniones convivenciales y pactos de convivencia
- Sucesiones: declaratoria de herederos y partición
- Testamentos, colación y acciones de protección de la legítima
Cómo trabajamos
Primera respuesta
Contanos qué pasó y si hay algún plazo corriendo. Te respondemos ese mismo día y coordinamos la entrevista.
Entrevista y revisión
Revisamos la documentación con vos y te decimos en qué situación estás parado, qué se puede esperar y qué no. Sin adornos.
Definimos el camino
Negociar, mediar o demandar, según lo que convenga a tu caso. Te explicamos por qué y te informamos en cada etapa.
Preguntas frecuentes
¿Se puede divorciar si la otra parte no quiere?
Sí. Desde la reforma del Código Civil y Comercial el divorcio puede pedirlo una sola de las partes y no hace falta invocar culpas ni esperar plazos. No existe el divorcio contradictorio por causales. Lo que sí puede discutirse aparte son los efectos: la división de bienes, los alimentos y todo lo referido a los hijos.
¿Cómo se calcula la cuota alimentaria?
No hay un porcentaje fijo establecido por ley. El juez pondera las necesidades concretas del hijo (educación, salud, vivienda, esparcimiento) y la capacidad económica de quien debe pagar, buscando además que ambos progenitores contribuyan de manera proporcional. En la práctica se toman como referencia los ingresos acreditables y el nivel de vida previo. Cuando el obligado trabaja en relación de dependencia suele fijarse un porcentaje de sus haberes.
¿Cuánto demora una sucesión?
Depende mucho del caso: de cuántos herederos haya, de si están todos de acuerdo, de qué bienes integran el acervo y de si aparecen deudas. Un trámite sin conflicto entre herederos y con documentación completa avanza bastante más rápido que uno donde hay que citar a personas que no aparecen o discutir la validez de un testamento. Tener en orden partidas, escrituras y títulos desde el inicio es lo que más acorta los tiempos.
Mi ex no paga la cuota alimentaria. ¿Qué puedo hacer?
El incumplimiento de una cuota fijada judicialmente o acordada y homologada se ejecuta. La ley prevé distintas herramientas: embargo de haberes o de cuentas, inscripción en el registro de deudores alimentarios morosos —que trae restricciones concretas, como problemas para renovar la licencia de conducir o para operar con bancos— y otras medidas que el juez puede disponer. Cuanto antes se inicie la ejecución, menos se acumula la deuda.
¿Hace falta ir a juicio o se puede resolver por acuerdo?
Muchísimos casos de familia se resuelven por acuerdo, y suele ser el mejor resultado posible: es más rápido, cuesta menos y deja menos daño en el vínculo, sobre todo cuando hay hijos de por medio. El acuerdo después se presenta ante el juez para su homologación, lo que le da fuerza ejecutiva. El juicio queda para cuando realmente no hay otro camino.
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